Gabriela Testa explicó en Diputados los detalles de los proyectos de expropiación de polígonos en Penitentes y el Régimen de Promoción de inversiones turísticas

La titular del EMETUR, Gabriela Testa, fue recibida por el plenario de las comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación y Asuntos Constitucionales, que presiden Jorge López (UCR) y Franco Ambrosini (UCR), respectivamente, para fundamentar dos proyectos del Poder Ejecutivo vinculados por un lado, al Régimen de Promoción de Inversiones Turísticas, y por otro, a la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de inmuebles ubicados en Penitentes.

Sobre el primero de ellos, la funcionaria indicó que se busca fomentar el desarrollo sostenible de diversas zonas turísticas, identificadas como Unidades de Integración Territorial (UIT), según el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial. Para ello, se crea este Régimen de Promoción de Inversiones con el objetivo de incentivar al sector privado a invertir en estas zonas con “gran potencial turístico”.

Al hablar de las UIT explicó que son clasificaciones del territorio que delimitan áreas en función de características físicas, socioeconómicas y ambientales, y que dentro de cada UIT, se identifican zonas menores que varían en el aprovechamiento del agua, la distribución de la población y el desarrollo de actividades económicas, infraestructura y equipamiento.

Así, mencionó que dentro del proyecto de Ley se contempla  el “Oasis Uspallata”, “Montañas”, “Norte Precordillera”, “Sector de Huayquerias”, “Sur Macizo San Rafael”, “Payunia” y “Piedemonte Uspallata”.

Testa indicó que en el corredor de la Ruta 7 “hay reclamos por déficit de servicios, ha crecido en tránsito vehicular y lo que fueron las villas de montaña en su momento, que abastecían la demanda, hoy están estancadas. El tiempo ha demostrado que es muy difícil en Argentina, sin clima de negocios, que la gente se arriesgue a invertir”, pero advirtió que “el contexto global de guerras y de una Europa saturada, hacen que muchos inversores miren a Mendoza como una posibilidad emergente de inversión”. Aseguró, en esta línea,  que la iniciativa “colabora con  esa necesidad que tenemos los residentes de tener mejor servicio y oportunidades laborales”.

Mencionó que el proyecto tiene “puesta la mirada en la infraestructura turística pero también comercial ya que el Estado no siempre puede llegar con infraestructura a esas zonas”, aunque subrayó que “cada proyecto que se presente en este sentido tendrá que ser sustentable para no afectar el medio ambiente”.

“El objetivo de este régimen de promoción es facilitar inversiones en esas zonas turísticas, también contemplado en la Ley de Ordenamiento Territorial y donde hay atractivos turísticos muy importantes para que se brinden servicios turísticos y también pueden ser comerciales. Nos referimos a alojamientos, a bases operativas de turismo de aventura, a pequeñas proveedurías o, en alta montaña, habiendo tanta población y tanta circulación, podría haber un pequeño supermercado también”, señaló.

Se trata, puntualizó de incentivar las inversiones “en esos sectores, favorecerlas con una exención impositiva del Impuesto Inmobiliario y del Impuesto de los Ingresos Brutos de la propiedad a la que van a sumar, para darle servicio a los atractivos turísticos y también hay la posibilidad de un aporte no reembolsable o un aporte que se puede reintegrar como para colaborar con las diferencias de los valores constructivos que hay en las zonas de Oasis, con respecto a zonas más alejadas”, es decir, “cómo podemos vincular nuestra alta montaña, en donde los costos de traslado de material y de la mano de obra que deben pernoctar en el lugar y deben darle todos los servicios, elevan enormemente los costos constructivos con respecto a las áreas urbanas o de Oasis”.

Se propone en ese marco la creación de un Fondo de incentivo “que está constituido por hasta un 1% de los ingresos Brutos, eso sería algo así como 11 millones de dólares. Luego de aprobada la ley, habrá que dictar el decreto reglamentario que va a establecer los parámetros de aporte que tienen que ver con las prioridades que marcan las necesidades de los pobladores locales y también de la demanda turística. Pero en principio decimos que un sitio no es agradable para un turista si primero no lo es para sus residentes”, puntualizó.

En otro orden, en relación a la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de 3 polígonos en Penitentes, manifestó que son La Herradura, que es el restaurante que tenía la Sociedad Penitentes S.A., que se dejó con la intención de que la pusieran en funcionamiento, que nunca se puso en funcionamiento. El otro es un espacio, un sendero de circulación, que le complica mucho la vida a los que tienen departamentos ahí en la zona, y había quedado una línea tan fina, que había quedado pendiente, y hay un terreno mucho más grande, que en realidad no es que sea necesario para el desarrollo hoy del Centro de Alta Montaña  Los Penitentes, pero es para ya desvincular a la Sociedad Penitentes S.A. de ese espacio, porque evidentemente no tienen voluntad de explotar comercialmente lo que les quedó a ellos, y también dificultan la explotación de otros”.

En esa línea, comentó que hay ya algunos interesados locales, nacionales y extranjeros “que han estado consultando”.

Del encuentro participó también Andrés Privitello, director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, quien agregó que se concretaría “un anhelo de la provincia de darle vida a Penitentes, y potenciar la zona con la creación de un parque de montaña”.

Régimen de Promoción de Inversiones para el Desarrollo Sostenible de Zonas Turísticas

Se propone la creación de este Régimen con la finalidad de impulsar el desarrollo de las zonas comprendidas como Montañas, Oasis Uspallata, Piedemonte Uspallata, Norte Precordillera, Sur Macizo San Rafael, Sector de Huayquerías y Payunia, según la denominación establecido en el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial.

Se busca con él, contar con “una herramienta de crecimiento a largo plazo ya que genera condiciones que harán atractivas las inversiones en las zonas determinadas”, subrayan los fundamentos, agregando además que el Estado provincial pretende “dinamizar el desarrollo de las zonas establecidas incentivando al sector privado, para que realice inversiones que propicien la mejora de la prestación de servicios, la generación de empleo, la comercialización de productos y servicios, acompañadas además, de una planificación y gestión de emprendimientos que prevean la utilización sostenible de los recursos hídricos y energéticos, como así también la gestión responsable de desechos”.

El proyecto prevé exenciones fiscales para las inversiones a realizarse en dichas zonas por un plazo determinado, y que el Estado pueda otorgar un aporte que se dividirá en las modalidades de aportes no reembolsables y aportes con sistema de recupero. “Ambos buscarán compensar el mayor costo de construcción en las Unidades de Integración Territorial señaladas considerando que sus características y distancias encarecen los costos constructivos y consecuentemente el atractivo de las inversiones”, dice el texto.

Además, se contempla la autorización de concesiones de hasta 50 años en caso de procesos licitatorios para proyectos de desarrollo previstos en tierras fiscales en estas zonas, siempre y cuando el plazo de la concesión sea un factor determinante para la realización de la inversión, “resultando proporcionado al nivel de las inversiones requeridas y al más adecuado cumplimiento de la concesión”, y se invita a los municipios a adherir.

Asimismo, agrega que “la atracción de nuevas inversiones contribuirá a impulsar el desarrollo de localidades que se encuentran postergadas en el desarrollo por falta de servicios, fortaleciendo el crecimiento de sus núcleos urbanos, activando distintos sectores de la economía provincial e incrementado la posibilidad de puestos de trabajo para la comunidad local”.

En definitiva, concluye la fundamentación, se pretende “la creación de un régimen de cargas compartidas entre el Estado provincial y el sector privado en pos de la generación del desarrollo pretendido”.

Régimen de beneficios

Los beneficiarios de este Régimen, por un plazo máximo de cinco años, desde la puesta en marcha de la actividad, accederán a beneficios tales como la exención al Impuesto Inmobiliario limitado al inmueble afectado, así como de Ingresos Brutos derivados de la propuesta de inversión aprobados, que se aplicará para todos los proyectos que sean presentados hasta el 31 de diciembre de año 2025, salvo prórroga expresa del presente plazo por decreto  debidamente fundado.

Dispone además que los proyectos aprobados gozarán de estabilidad fiscal por el término de cinco años, “quedando sujetos a las condiciones tributarias generales existentes al momento de la puesta en marcha de la actividad”.

Durante ese periodo, los beneficiarios del Régimen “no podrán ver afectada en más la carga tributaria total base para la ejecución de la propuesta, como consecuencia de aumentos en las alícuotas de los impuestos establecidos” (…) “así como resultantes de la creación de nuevos tributos provinciales que los alcancen como sujetos de derecho de los mismos”.

Por otra parte, se crea el Fondo de Promoción de Inversiones para el Desarrollo Sostenible de las Unidades de Integración Territorial, que estará formado por hasta un 1% de la recaudación total del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y bajo la administración del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial.

Asimismo, se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial, a concesionar por hasta 50 años tierras fiscales comprendidas en las zonas establecidas, “cuando ello resulte necesario, considerando las inversiones a realizarse y la estimación de la tasa de retorno de la inversión, en resguardo de la adecuada proporción entre las inversiones requeridas y el objeto de la concesión”.

En otro orden, se crea el Fondo para Financiación de Obras Hídricas que, bajo la administración del Departamento General de Irrigación, estará conformado con los recursos provenientes de los permisos precarios que se otorguen en las distintas cuencas de los ríos de la Provincia con destino a abastecer el uso recreativo en los proyectos comerciales y/o turísticos cuya explotación se autorice, mediante la carga financiera especial que se les imponga en su otorgamiento.

El objetivo, es “el financiamiento de obras hídricas que den lugar a la eficientización de la red hídrica y a la consecuente obtención de una mayor oferta neta del recurso que permita satisfacer nuevas demandas hídricas en la cuenca a la que pertenezca el cauce del cual provenga el recurso a utilizar por el aprovechamiento comercial y/o turístico”.

Penitentes

El proyecto del Poder Ejecutivo pretende la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de inmuebles de propiedad de “Los Penitentes Centro de Esquí S.A.”, que  tiene como antecedente expropiatorio la Ley N° 9175, por la que se hizo lo propio respecto a seis de los nueve polígonos que componían el predio del ex Centro del Esquí.

Se trataba de una superficie total de 42 has y 9.013,52 metros cuadrados, que tras el proceso expropiatorio, culminó con la toma de posesión por parte de la Provincia de Mendoza de dichas fracciones, para luego licitarlas.

La finalidad de esa licitación pública, fue la “re funcionalización integral, administración, explotación comercial y puesta en valor de los bienes inmuebles y demás instalaciones e infraestructura adheridas a los mismos; la prestación de los servicios turísticos y de apoyo de actividades recreativas y deportivas para el funcionamiento del “Centro de Esquí y Parque de Montaña Los Penitentes”.

En la fundamentación del proyecto, se explica que en ese marco, “durante los años 2021 a 2023, en conjunto con el actual Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, se tramitaron distintos permisos de uso precario y procesos licitatorios, que no pudieron concretarse por razones varias” y que “intertanto, la empresa expropiada, ha iniciado demanda contra la Provincia”.

En consecuencia, la Ley Nº 8845 de Turismo Provincial, la Ley Nº 8999 del Plan Provincial de Ordenamiento Territorial y el Decreto Nº 1447/75, “brindan herramientas idóneas y efectivas para dar cumplimiento a la determinación de utilidad pública de las tres parcelas restantes del inmueble”, añade, y por tanto, “se impone avanzar en el dictado de un instrumento normativo” que posibilite tal acción.

En ese sentido, resaltan que volver a poner en funcionamiento el centro de actividades de montaña, “contribuye a la activación de sectores de la economía provincial, ello significaría oportunidades laborales para los habitantes locales, de las zonas aledañas e incluso de mano de obra que habita en la ciudad de Mendoza. Sin perjuicio de la imprevisibilidad climática, que no siempre garantiza nieve en el lugar, hace necesario considerar otras actividades tales como mountain bike, descenso, escalada, tirolesa, running, etc.”.

Desde el gobierno provincial, resaltan al respecto el valor de la actividad turística como prioritaria dentro de las políticas de Estado “por su función socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo de la Provincia”.


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