INGRESOS BRUTOS

Ingresos Brutos
 
            La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley por el cual se modifica la Ley 7483 – Impositiva 2006 -, en su artículo 84, que dispone que  los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos perderán el beneficio dispuesto en el artículo 185, inc. X) del Código Fiscal, por los años 2003 al 2005, en la medida que la solicitud no haya sido presentada antes del 31 de mayo del corriente año. En el mencionado artículo, el Código Fiscal otorga excepción al pago de Ingresos Brutos a la venta de bienes industriales producidos en la provincia, ingresos por locaciones de servicios realizadas en Mendoza, etc., pero reglamentando su forma de instrumentación, otorga un plazo sumamente exiguo y vencido el cual, se pierde el beneficio que el legislador quiso otorgar.
            Por tal motivo, en la norma aprobada hoy en Diputados se establece que para gozar de la exención en 2006, la solicitud podrá ser presentada hasta el 31 de octubre de este año y, de corresponder, accederá al beneficio desde el 1 de enero de dicho período fiscal, no admitiéndose presentaciones después del plazo antes mencionado.
            Por otra parte, se señala que el Ministerio de Hacienda deberá dar amplia difusión a través de los medios de comunicación de la Provincia.
            La iniciativa pertenece al diputado radical Guillermo Merino.

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