El tope porcentual fue definido a través de la modificación del artículo 36 de la ley provincial 7314 de adhesión a la ley nacional de responsabilidad fiscal y de aplicación en el orden local del fondo anticíclico.
El tratamiento sobre tablas fue solicitado y fundamentado por el presidente de la comisión de Hacienda y Presupuesto, Juan Antonio Gantus (PJ), y de inmediato fue aprobado por unanimidad.
El artículo 36 modificado determina además que el IPV deberá destinar la totalidad de los recursos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda a la construcción de viviendas.
A través de la misma sanción se modifica el primer párrafo del artículo 3 de la ley 6323, de adhesión por parte de la provincia a la ley nacional 24464 de creación del sistema federal de viviendas.
Por el nuevo texto, el IPV, en su condición de ente autárquico provincial, tendrá a su cargo la administración y aplicación del fondo provincial de la vivienda imputando los gastos de su funcionamiento a los recursos provenientes del recupero de inversiones financiadas con todo tipo de recursos.