Provincia de Mendoza al Estado Nacional suscripto entre las partes el 26 de enero de 1996, la que fuera prevista en el convenio oportunamente ratificado por esta Legislatura mediante ley 7801.
Se autoriza, además, al Ejecutivo a incrementar el presupuesto de erogaciones vigente en el importe necesario para atender las erogaciones que se deriven del cumplimiento de la cláusula segunda del convenio que se ratifica por el artículo anterior. A tal fin podrán realizarse las reestructuraciones presupuestarias que sean necesarias y/o tramitarse dicho incremento contra mayor recaudación estimada fundadamente.
En la cláusula 2° mencionada anteriormente se expresa que durante el ejercicio fiscal 2009, la Provincia financiará: a) el Fondo Solidario creado por la suma de 40 millones de pesos, entre otros conceptos.