Proyecto para la protección de las víctimas de maltrato
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley del diputado Daniel Ortiz (UCR) por el cual se modifica un artículo de la ley que regula el abordaje de la violencia familiar en Mendoza, evitando cualquier interpretación o
adopción de medidas que pueda menoscabar la protección a las víctimas de esta problemática.
La modificación establece que se entiende por grupo familiar, el originado en el matrimonio o las uniones de hecho y comprende a todos los grados de parentesco y a las personas convivientes o descendientes directos de alguno de los miembros del grupo familiar.
Esta ley también se aplicará cuando se ejerza violencia familiar sobre la persona con quien tenga o haya tenido relación de noviazgo o pareja, como así también los guardadores, tutores o curadores respecto de sus pupilos.
Como toda ley de violencia familiar, el objetivo y finalidad de la misma debe ser la contención y protección de las víctimas de maltrato.
Indica la norma que el Juez interviniente en estos casos debe interesarle la acreditación de la vinculación violenta, la peligrosidad del autor, la existencia de daño psíquico o psicológico, la vinculación familiar y no el hecho de que al momento de ejercer la violencia el autor conviva con la víctima.
Asimismo muchas legislaciones provinciales ya han adoptado estas medidas para proteger los componentes de la una familia. Por ejemplo en Jujuy, La Pampa y Buenos Aires.
La norma fue aprobada por unanimidad y durante su tratamiento la diputada Mirta Díaz fue el miembro informante.