En cuanto a las inscripciones, se expresa que el ejercicio de la profesión de Corredor Público Inmobiliario en la Provincia de Mendoza requiere de previa inscripción en la matrícula del Colegio. De esta manera, podrán inscribirse en la matrícula por única vez, quienes al momento de la efectiva constitución del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios, sin poseer matrícula habilitante, demuestren ser reconocidos como corredores públicos inmobiliarios por organismos públicos, nacionales, provinciales o municipales. Asimismo, se deberá acreditar certificación de buena conducta y realizar un curso de actualización profesional, que estará a cargo del Colegio de Corredores Inmobiliarios.
La ley establece que se deberán matricular en forma obligatoria para ejercer la profesión de corredor inmobiliario, todas aquellas personas físicas que exhiban carteles en la vía pública y publiciten de cualquier forma propiedades de inmuebles de terceros; y también, las personas físicas que realicen trámites administrativo por cuenta de terceros en forma habitual relacionados a inmuebles para venta, alquiler, comodato, ya sea en sede municipal, provincial o nacional