Carmona, señaló que se comprobó que aguas arriba del predio ocupado por la firma no se detectó presencia de mercurio, sino que los estudios revelan que el punto de inflexión se da en el registro de boca cloacal que se encuentra en el mismo predio.
“Los análisis dan cuenta que los niveles de mercurio fuera del predio dan 0 mg por litro, es decir, no hay mercurio, mientras que en agua y suelo del predio de la empresa, los niveles son altísimos”, dijo el funcionario.
“Con esos datos se toma la decisión de suspender a la empresa en forma preventiva”, acotó.
Al respecto sostuvo como conclusión, que “se realizó vuelco clandestino en boca cloacal del predio” y que hay indicios “que el vuelco no fue por accidente industrial o desborde, porque en ese caso se tendría que haber informado a los organismos correspondientes, ni por problemas aluvionales”.
Asimismo, sostuvo que hay “indicios que indican que esta empresa puede haber vertido clandestinamente sobre el colector, o indicios que terceros han ingresado en reiteradas oportunidades al predio”, situación que se torna irregular porque “la empresa no debería haberlo autorizado”.
Por su parte, Montoro afirmó que “el sistema de monitoreo funcionó y se detectó la presencia de mercurio a tiempo”, y destacó que ya había un antecedente con esta firma comercial, cuando a poco de asumir en su cargo recibió una denuncia anónima sobre la compra de hipoclorito de sodio que Obras Sanitarias había realizado a Keghart - para la limpieza de algunas plantas potabilizadoras -, con una “cantidad de mercurio superior a la los límites permitidos”.
En ese marco, agregó que se elaboró una resolución desde el EPAS y se multó a OSM, al tiempo que subrayó que este hecho, fue uno de los aspectos que se tuvieron en cuenta cuando se decidió la intervención de la concesionaria por parte del gobierno de Mendoza.
En la misma línea, Carmona destacó que “se pudo responder a la contingencia porque Obras Sanitarias Mendoza está intervenida” y porque “el EPAS estuvo atento a las circunstancias”. Pero además, resaltó que la rápida actuación de los organismos de control también pudo llevarse a cabo “porque por primera vez la Dirección de Protección Ambiental cuenta con un fondo para policía ambiental”.
Reiteró en la misma línea que “como primera situación, no deben circular residuos peligrosos en el colector cloacal. La segunda situación, es que no tiene que haber vertido cloacal a un canal, y en tercer lugar – puntualizó – no hemos definido responsables, sí una medida de suspensión preventiva en función de fortísimos indicios para que la empresa de explicaciones”.
A partir de allí, le corresponde a la justicia “determinar las responsabilidades penales”, apuntó.
En tanto, el presidente de la comisión de Derechos y Garantías, Ricardo Puga (PIM), adelantó que por este tema también serán invitados a la comisión el interventor de Obras Sanitarias y el titular de Irrigación.
Dijo que la “duda” que queda aún, es determinar “el volumen de agua que ingresó” a los canales afectados, hasta el momento del corte del suministro de agua.
Según el legislador, esa información permitiría establecer “la cantidad exacta de mercurio volcado, las características del mercurio, y el tiempo transcurrido” desde que se produjo el vuelco hasta la orden de corte.
Prensa – 22 de abril – Derechos y garantías por mercurio en el agua