La Dirección de Fiscalización, Control y Defensa al Consumidor tendrá control en la actividad industrial provincial
La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto de ley que establece que la Dirección de Fiscalización, Control y Defensa al Consumidor, tendrá
competencia en el control y fiscalización de la actividad industrial de la provincia.
Están incluidas las entidades que elaboran y fraccionan productos alimenticios, las microempresas y artesanales, a los efectos de garantizar su defensa, perfeccionamiento, asesoramiento y ordenamiento.
Los establecimientos elaboradores y fraccionadotes de productos alimenticios deberán solicitar su inscripción en la Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor. Asimismo estos organismos deberán dar cumplimiento a la aplicación de las disposiciones de la ley de Código Alimentario Argentino, dentro del marco regulatorio del MERCOSUR.
El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en un plazo de 90 días a partir de su publicación, determinando las condiciones de ingreso de la materia prima y las bromatológicas de los productos alimenticios elaborados y fraccionados, como asimismo, las condiciones higiénico-sanitarias de eso establecimientos y todo otro requisito que deban cumplimentar.
Con respecto a las disposiciones de esta norma, aquel que no cumpla con las mismas será pasible de apercibimiento, multa por $800 hasta $1.000.000, según la gravedad de la infracción y la reincidencia, decomiso de los productos objetos de la infracción, clausura del establecimiento por un plazo de hasta 30 días o hasta que se subsane la infracción o clausura definitiva, según la gravedad de la infracción.
Prensa 23 marzo