Miércoles, 27 Julio 2011 15:20

Jubilados y libreta sanitaria infantil

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Prorrogan vigencia de asignación mensual para jubilados y pensionados Diputados dio media sanción a un proyecto del Ejecutivo por el cual se ratifica el decreto 318, por el cual se aprueba el acta acuerdo celebrada entre la Nación y la Provincia a fin de prorrogar la vigencia de la asignación mensual, personal y complementaria para los jubilados y pensionados provinciales transferidos en virtud del Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado, suscripto entre las partes el 26 de enero de 1996, la que fuera prevista en el Convenio oportunamente ratificado por la Legislatura mediante la ley 8013. En el artículo 2° se autoriza al Ejecutivo a incrementar el presupuesto de erogaciones que deriven del cumplimiento de la cláusula segunda del convenio que se ratifica por el artículo anterior. A tal fin podrán realizarse las estructuraciones presupuestarias que sean necesarias y/o tramitarse dicho incremento contra mayor recaudación estimada fundadamente.
Libreta sanitaria infantil

La Cámara dio media sanción a un proyecto de ley de la diputada justicialista Nélida Negri, por el cual se sustituye el artículo 3° de la ley 5335 que regula la libreta sanitaria infantil.
El texto es el siguiente: en la primera parte de la libreta sanitaria infantil se dará información sobre la higiene de menor y su cuidado, las enfermedades más comunes de la infancia y la duración de sus períodos de contagio y en especial todo lo referente a las diarreas estivales y forma de evitarlas. En la segunda parte, se indicarán las vacunaciones que debe recibir el menor y la edad de su aplicación y, en la tercera parte de la libreta, constarán las certificaciones referidas al cumplimiento de las vacunaciones que se expresan anteriormente.
En la cuarta parte, se incorporarán los datos clínicos y de laboratorios que se consideren adecuados para el control del niño sano. En la quinta parte contará con un listado por zonas de efectores de salud pública con sus respectivos números telefónicos, domicilios, páginas web, que traten las diferentes especialidades de enfermedades y/o traumas que puedan padecer los niños, niñas y adolescentes, y el número telefónico de recepción de denuncias de maltrato.


Prensa 27/7
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