Libreta sanitaria infantil
La Cámara dio media sanción a un proyecto de ley de la diputada justicialista Nélida Negri, por el cual se sustituye el artículo 3° de la ley 5335 que regula la libreta sanitaria infantil.
El texto es el siguiente: en la primera parte de la libreta sanitaria infantil se dará información sobre la higiene de menor y su cuidado, las enfermedades más comunes de la infancia y la duración de sus períodos de contagio y en especial todo lo referente a las diarreas estivales y forma de evitarlas. En la segunda parte, se indicarán las vacunaciones que debe recibir el menor y la edad de su aplicación y, en la tercera parte de la libreta, constarán las certificaciones referidas al cumplimiento de las vacunaciones que se expresan anteriormente.
En la cuarta parte, se incorporarán los datos clínicos y de laboratorios que se consideren adecuados para el control del niño sano. En la quinta parte contará con un listado por zonas de efectores de salud pública con sus respectivos números telefónicos, domicilios, páginas web, que traten las diferentes especialidades de enfermedades y/o traumas que puedan padecer los niños, niñas y adolescentes, y el número telefónico de recepción de denuncias de maltrato.
Prensa 27/7