Miércoles, 05 Diciembre 2012 18:43

Cerro El Nevado

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Avanza el proyecto para declararlo área natural protegida La Cámara de Diputados dio media sanción, por mayoría, al proyecto de ley iniciativa de Edgardo Pintos (UCR), que declara área natural protegida al Cerro El Nevado y su zona circundante, situada en los departamentos de Malargüe y San Rafael. La reserva está comprendida al este de la ruta Nº 190 y al oeste por la ruta 180, al norte a la altura del cerro El Tordillo, y al sur, en e limite con La Pampa. En el centro de toda esta área se encuentra el cerro El Nevado. Los fines que persigue esta ley son la conservación y protección del sistema hídrico integral de la zona, comprendiendo tanto las aguas superficiales como la importante red de acuíferos subterráneos; la conservación de las especias silvestres, con particular atención en la preservación del gato andino, la tortuga terrestre patagónica, y dos lagartos endémicos phymaturus nevadoi y P.roigorum, así como la variada avifauna migratoria y estable del lugar; y el repoblamiento de guanacos, choiques y piches, sometidos casi a la extinción, y su adecuado manejo y protección. Además, se busca la protección y manejo de los yacimientos arqueológicos de la ocupación puelche en este territorio; el desarrollo de actividades y usos colaterales de la comunidad local que no sean perjudiciales para la especies destinatarias de la protección y para el ambiente en general; el fomento de actividades de educación ambiental que tiendan a superar las pautas culturales que hacen al mal uso de los recursos naturales de la región y, finalmente, la promoción de la participación de la comunidad local en la concreción y seguimiento de los puntos enunciados. La autoridad de aplicación de la ley será la Dirección Provincial de Recursos Naturales Renovables, a través del departamento de Áreas Naturales Protegidas, quien realizará el Plan de Manejo de la Reserva, asegurando la participación de los actores locales en el proceso de la elaboración.

Este proyecto, crea e implementa la figura del “Ocupante – Administrador de la Reserva”, por la cual los pobladores que se encuentren registrados, en el padrón correspondiente de puesteros y crianceros, de la Subsecretaria de Agricultura, Ganadería y Alimentos, del Ministerio de Agroindustria y Tecnología del Gobierno de la Provincia, estarán dotados de un conjunto de derechos y obligaciones. Entre los que se encuentran la integración de consorcios de Administración, con el fin de explotar los recursos naturales renovables de forma racional; participar plenamente en la elaboración del Plan de Manejo; promover la defensa de la Reserva; generar proyectos que tengan que ver con la utilización racional de los recursos naturales; participar en el sistema de turismo/comunidad, el cual es el elemento primario en la economía turística y, por último, promover y defender la cultura propia de los lugareños.





Prensa noviembre 5
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