Las funciones que realizará el Registro serán registrar e identificar a las organizaciones sociales, mediante el asiento de sus antecedentes legales, contables y sociales, desde su conformación, hasta su disolución, los que se mantendrán en permanente actualización. También instrumentará la realización de un censo Provincial de las Organizaciones de la Sociedad Civil y compilará y procesará la información relacionada con las organizaciones, a fin de proveer al Gobierno Nacional, Provincial y/o Municipal una base de información actualizada que permita fijar las Políticas Sociales que se ajusten a los intereses de la Nación y de la Provincia, entre otras.
Además, facilitará a la Dirección General de Rentas, datos de las Organizaciones Sociales, para que se registren, tramiten y actualicen las exenciones impositivas y expedirá certificados así como todo aquel informe solicitado, en base a la identificación de la Organización Social, suministrada por la Dirección de Personas Jurídicas.
Se confeccionará un Legajo Único de Identificación Social con número de Resolución, el que solo podrá modificarse, en caso de error fehacientemente comprobado, desde el otorgamiento de la Personería Jurídica.
Será competencia de la Dirección de Personas Jurídicas, dependiente del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, tener la guarda de los Legajos Únicos de Identificación Social; emitir el certificado de aptitud legal y contable; y capacitar a las Organizaciones Sociales para su Fortalecimiento Institucional generando las condiciones para obtener el certificado de aptitud legal y contable.
Finalmente, el Registro publicará toda la información de las Organizaciones Sociales, en un sitio web, donde se promoverá el acceso social a la información veraz, asegurando la transparencia, mediante mecanismos de consulta y participación ciudadana; un informe anual de organizaciones, con las acciones y alcances de la mismas; entre otras.
Prensa junio 12-