Se entiende así por partidas ordinarias, “todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias”. En tanto, por estas últimas, se consideran “los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro”.
Por otra parte, en lo concerniente a las erogaciones del presupuesto reconducido, se dispone que deberán realizarse las siguientes consideraciones: suprimir las erogaciones financiadas con recursos específicamente afectados no repetitivos; incluir los créditos presupuestarios indispensables para el pago de los intereses y amortización de la deuda pública, e incluir los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad de los servicios ordinarios del Estado.
Para el caso de los recursos y el financiamiento del Presupuesto reconducido se deberán realizar también algunas consideraciones como excluir los recursos que no puedan ser recaudados o ingresados nuevamente, así como los excedentes de ejercicios anteriores correspondientes al ejercicio anterior, en el caso que el presupuesto que se está ejecutando hubiera previsto su utilización.
En tanto, deberán incluirse las autorizaciones y los recursos provenientes del uso del crédito público legalmente autorizado en el presupuesto reconducido, y se especifica que el total del financiamiento sólo podrá destinarse para hacer frente al pago de la amortización de la deuda pública, no pudiendo aplicarse los recursos que se obtengan sino a los objetos determinados en la ley que se reconduce.
También, deberán incluirse las autorizaciones otorgadas con proveedores que financien erogaciones de capital, añadiendo que la autorización sólo podrá destinarse a la adquisición de bienes para la prestación de los servicios de salud y seguridad pública con comunicación a la Legislatura dentro de los treinta días corridos.
Finalmente, también se incluyen los recursos provenientes de crédito público con autorizaciones legislativas anteriores al ejercicio en curso y cuyo ingreso ocurra durante la ejecución del presupuesto reconducido, no pudiendo aplicarse los recursos que se obtengan sino a los objetos determinados que se especificaron en las leyes que los autorizaron.
Por otra parte, la nueva ley establece que “si al sancionarse la nueva Ley de Presupuesto y en virtud de la prórroga de la anterior, se hubieran efectuado gastos cuyos créditos no figuran en el nuevo presupuesto o fueran insuficientes, se dispondrán las modificaciones pertinentes para su regulación, con comunicación al Poder Legislativo”.
Asimismo, dispone que “cuando la Ley de presupuesto reconducida haga mención a fechas y/o a ejercicios financieros, deberá entenderse, cuando correspondan, que las fechas y/o ejercicios financieros se adecuen a su temporalidad”.
Debate
El diputado Víctor Scattareggia fue el encargado de esgrimir la postura del bloque radical, y pidió que se dejara “expresa constancia que la UCR no va a acompañar ni en lo general ni en lo particular” la media sanción del Senado, “porque entendemos que es total y absolutamente violatoria de la Constitución Provincial”.
Además, dijo que tanto la sesión previa realizada por la Cámara Alta como la convocatoria a sesión especial de la Cámara de Diputados, están “viciadas de nulidad”.
Según señaló, el proyecto “pretende modificar una ley importante en Mendoza como es la Ley de contabilidad”, por lo que se requiere “un conocimiento acabado, un estudio pormenorizado del tema porque tiene incidencia en la Constitución”, y agregó que en caso de ser aprobado, “puede ser tachado de inconstitucionalidad”.
Expresó al respecto que “esto tiene absoluta e íntima relación con el Presupuesto 2014” y que la Constitución de la provincia “es clara en cuanto a qué debe hacerse cuando al 31 de diciembre el Presupuesto no ha sido dictado”
En la misma línea, indicó que con este proyecto “se pretende tener la posibilidad de poder usar el 100 por ciento de lo que el Presupuesto 2013 autorizaba como endeudamiento o financiamiento para el ejercicio 2013” y que precisamente por contemplar “endeudamiento”, “se necesita el voto de los 2/3 de los legisladores de ambas Cámaras”.
Posteriormente, la titular del bloque oficialista, la diputada Silvia Ramos, destacó la legalidad de la convocatoria a sesión especial porque “contiene la fuerza legal necesaria, para llevar adelante este debate”.
Sostuvo que “es necesario poner en valor el acompañamiento del Partido Demócrata, a través de sus diputados y su presidente Richard Battagión, que han manifestado su intención de acompañar y debatir”.
Manifestó asimismo que “es agraviante sugerir que no estamos haciendo las cosas legalmente, porque hemos buscado todos los caminos y hemos escuchado todas las propuestas aún de la UCR, para conseguir una herramienta tan importante para la provincia”.
Subrayó la legisladora justicialista que “es algo inusual que Mendoza no tenga el presupuesto provincial” y que “no hay argumentos sólidos para que esto suceda. Sólo se trata de obstaculizar la gestión del Poder Ejecutivo”.
Expresó que “este proyecto es un aporte para especificar y establecer las formas para que el presupuesto reconducido sea una herramienta que permita al Poder Ejecutivo tener todos los elementos necesarios para gestionar. Tenemos que ser previsores y proveer este instrumento porque la ciudadanía está esperando estos actos útiles por parte del poder legislativo.”
A continuación, el presidente de la bancada demócrata, Aníbal Ríos, relacionó esta iniciativa del Ejecutivo con el proyecto de Presupuesto 2014, señalando que cuando en diciembre se debatía la Ley de leyes, trabajaron por “lograr un presupuesto equilibrado”, que permitiría “una Mendoza diferente”, “sin mezquindades”, que no prosperó.
Tras hacer alusión a la postura adoptada por los demócratas ante el tratamiento de cada Ley de Presupuesto, el legislador adelantó la participación del bloque en la votación, aunque sin adelantar el voto del PD.
A su turno, el diputado Néstor Piedrafita (Nuevo Encuentro), subrayó que durante el debate “se están discutiendo cuestiones puramente formales, reglamentarias, de tiempo, y mientras tanto, hay cuestiones que no pueden cumplirse porque la provincia está sin presupuesto”.
Dijo también que la Constitución hace referencia a situaciones como ésta en que la provincia inicia un nuevo ejercicio sin Ley de Presupuesto, pero aclaró que sólo menciona lo relacionado a las partidas ordinarias por lo que “implica una laguna del derecho que el gobierno quiere cubrir con este proyecto”.
“La reconducción del Presupuesto” es una “herramienta para gestionar”, subrayó.
Por su parte, Liliana Vietti, titular del bloque Leandro Alem, mencionó que “el Presupuesto 2014 es la causa que nos trae a esta consecuencia” porque al momento de ser tratado “no se lograron los consensos legislativos necesarios para aprobarlo, por lo cual nos lleva a la reconducción presupuestaria que es poner en funcionamiento el presupuesto anterior”, pero cono los ajustes propios de un nuevo ejercicio.
“Es una forma de garantizar la funcionalidad básica del Estado”, apuntó, y destacó que desde ese bloque se hicieron sugerencias al proyecto original remitido por el Poder Ejecutivo “que fueron todas aceptadas”, como por ejemplo, el límite del uso del crédito para la amortización de la deuda sin intereses y la exclusión de la iniciativa de todo lo concerniente al Fondo Anticíclico que también estaba incorporado en la primera propuesta.
Prensa abril 21 – Reconducción presupuestaria
Por otra parte, en lo concerniente a las erogaciones del presupuesto reconducido, se dispone que deberán realizarse las siguientes consideraciones: suprimir las erogaciones financiadas con recursos específicamente afectados no repetitivos; incluir los créditos presupuestarios indispensables para el pago de los intereses y amortización de la deuda pública, e incluir los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad de los servicios ordinarios del Estado.
Para el caso de los recursos y el financiamiento del Presupuesto reconducido se deberán realizar también algunas consideraciones como excluir los recursos que no puedan ser recaudados o ingresados nuevamente, así como los excedentes de ejercicios anteriores correspondientes al ejercicio anterior, en el caso que el presupuesto que se está ejecutando hubiera previsto su utilización.
En tanto, deberán incluirse las autorizaciones y los recursos provenientes del uso del crédito público legalmente autorizado en el presupuesto reconducido, y se especifica que el total del financiamiento sólo podrá destinarse para hacer frente al pago de la amortización de la deuda pública, no pudiendo aplicarse los recursos que se obtengan sino a los objetos determinados en la ley que se reconduce.
También, deberán incluirse las autorizaciones otorgadas con proveedores que financien erogaciones de capital, añadiendo que la autorización sólo podrá destinarse a la adquisición de bienes para la prestación de los servicios de salud y seguridad pública con comunicación a la Legislatura dentro de los treinta días corridos.
Finalmente, también se incluyen los recursos provenientes de crédito público con autorizaciones legislativas anteriores al ejercicio en curso y cuyo ingreso ocurra durante la ejecución del presupuesto reconducido, no pudiendo aplicarse los recursos que se obtengan sino a los objetos determinados que se especificaron en las leyes que los autorizaron.
Por otra parte, la nueva ley establece que “si al sancionarse la nueva Ley de Presupuesto y en virtud de la prórroga de la anterior, se hubieran efectuado gastos cuyos créditos no figuran en el nuevo presupuesto o fueran insuficientes, se dispondrán las modificaciones pertinentes para su regulación, con comunicación al Poder Legislativo”.
Asimismo, dispone que “cuando la Ley de presupuesto reconducida haga mención a fechas y/o a ejercicios financieros, deberá entenderse, cuando correspondan, que las fechas y/o ejercicios financieros se adecuen a su temporalidad”.
Debate
El diputado Víctor Scattareggia fue el encargado de esgrimir la postura del bloque radical, y pidió que se dejara “expresa constancia que la UCR no va a acompañar ni en lo general ni en lo particular” la media sanción del Senado, “porque entendemos que es total y absolutamente violatoria de la Constitución Provincial”.
Además, dijo que tanto la sesión previa realizada por la Cámara Alta como la convocatoria a sesión especial de la Cámara de Diputados, están “viciadas de nulidad”.
Según señaló, el proyecto “pretende modificar una ley importante en Mendoza como es la Ley de contabilidad”, por lo que se requiere “un conocimiento acabado, un estudio pormenorizado del tema porque tiene incidencia en la Constitución”, y agregó que en caso de ser aprobado, “puede ser tachado de inconstitucionalidad”.
Expresó al respecto que “esto tiene absoluta e íntima relación con el Presupuesto 2014” y que la Constitución de la provincia “es clara en cuanto a qué debe hacerse cuando al 31 de diciembre el Presupuesto no ha sido dictado”
En la misma línea, indicó que con este proyecto “se pretende tener la posibilidad de poder usar el 100 por ciento de lo que el Presupuesto 2013 autorizaba como endeudamiento o financiamiento para el ejercicio 2013” y que precisamente por contemplar “endeudamiento”, “se necesita el voto de los 2/3 de los legisladores de ambas Cámaras”.
Posteriormente, la titular del bloque oficialista, la diputada Silvia Ramos, destacó la legalidad de la convocatoria a sesión especial porque “contiene la fuerza legal necesaria, para llevar adelante este debate”.
Sostuvo que “es necesario poner en valor el acompañamiento del Partido Demócrata, a través de sus diputados y su presidente Richard Battagión, que han manifestado su intención de acompañar y debatir”.
Manifestó asimismo que “es agraviante sugerir que no estamos haciendo las cosas legalmente, porque hemos buscado todos los caminos y hemos escuchado todas las propuestas aún de la UCR, para conseguir una herramienta tan importante para la provincia”.
Subrayó la legisladora justicialista que “es algo inusual que Mendoza no tenga el presupuesto provincial” y que “no hay argumentos sólidos para que esto suceda. Sólo se trata de obstaculizar la gestión del Poder Ejecutivo”.
Expresó que “este proyecto es un aporte para especificar y establecer las formas para que el presupuesto reconducido sea una herramienta que permita al Poder Ejecutivo tener todos los elementos necesarios para gestionar. Tenemos que ser previsores y proveer este instrumento porque la ciudadanía está esperando estos actos útiles por parte del poder legislativo.”
A continuación, el presidente de la bancada demócrata, Aníbal Ríos, relacionó esta iniciativa del Ejecutivo con el proyecto de Presupuesto 2014, señalando que cuando en diciembre se debatía la Ley de leyes, trabajaron por “lograr un presupuesto equilibrado”, que permitiría “una Mendoza diferente”, “sin mezquindades”, que no prosperó.
Tras hacer alusión a la postura adoptada por los demócratas ante el tratamiento de cada Ley de Presupuesto, el legislador adelantó la participación del bloque en la votación, aunque sin adelantar el voto del PD.
A su turno, el diputado Néstor Piedrafita (Nuevo Encuentro), subrayó que durante el debate “se están discutiendo cuestiones puramente formales, reglamentarias, de tiempo, y mientras tanto, hay cuestiones que no pueden cumplirse porque la provincia está sin presupuesto”.
Dijo también que la Constitución hace referencia a situaciones como ésta en que la provincia inicia un nuevo ejercicio sin Ley de Presupuesto, pero aclaró que sólo menciona lo relacionado a las partidas ordinarias por lo que “implica una laguna del derecho que el gobierno quiere cubrir con este proyecto”.
“La reconducción del Presupuesto” es una “herramienta para gestionar”, subrayó.
Por su parte, Liliana Vietti, titular del bloque Leandro Alem, mencionó que “el Presupuesto 2014 es la causa que nos trae a esta consecuencia” porque al momento de ser tratado “no se lograron los consensos legislativos necesarios para aprobarlo, por lo cual nos lleva a la reconducción presupuestaria que es poner en funcionamiento el presupuesto anterior”, pero cono los ajustes propios de un nuevo ejercicio.
“Es una forma de garantizar la funcionalidad básica del Estado”, apuntó, y destacó que desde ese bloque se hicieron sugerencias al proyecto original remitido por el Poder Ejecutivo “que fueron todas aceptadas”, como por ejemplo, el límite del uso del crédito para la amortización de la deuda sin intereses y la exclusión de la iniciativa de todo lo concerniente al Fondo Anticíclico que también estaba incorporado en la primera propuesta.
Prensa abril 21 – Reconducción presupuestaria