Planteo de la comunidad de Bowen
Según detalló Liana Piedrafita, miembro de la comunidad autoconvocada de Bowen, “somos ciudadanos de Mendoza que queremos nuestro desarrollo local”, a lo que agregó que “el intendente siempre está en Alvear, con lo cual nosotros necesitamos un jefe comunal y que de la plata de la coparticipación, le llegue a Bowen lo que merece Bowen”.
“No es departamento aparte, queremos ser una comunidad autónoma, que llegue nuestro dinero y que tengamos un jefe comunal. Esto no existe en Mendoza, lo que existen son departamentos, pero cuando nos pusimos a estudiar el municipio departamental es un sistema del siglo XIX”, acotó, subrayando que de esta forma, “las comunidades que hay adentro quedan sin poder decidir absolutamente nada”.
“Nosotros si quisiéramos ser un departamento replicaríamos el mismo sistema”, sostuvo, “no queremos ser otra cabecera, queremos ser una comunidad que tenga lo que tiene que tener para poder crecer. Que pueda elegir sus autoridades y tener su presupuesto”, expresó.
El proyecto
El proyecto de ley de Tanús y Majstruk (FPV), propone modificar el artículo 197 de la Constitución Provincial, estableciendo que “la administración de los intereses y servicios locales de la capital y de cada uno de los departamentos de la provincia, estarán a cargo de los municipios y comunas con arreglo a las prescripciones de esta Constitución, de las Cartas Orgánicas y de la Ley Orgánica en su caso”.
“Los municipios gozan de autonomía institucional, política, administrativa y económico – financiera. La ley determinará el número mínimo de habitantes necesarios para que un centro poblado constituya una u otra categoría en cada departamento”, añade el texto.
Asimismo, plantea que “Los municipios estarán gobernados por un Departamento Ejecutivo y otro Deliberativo y las comunas por una Comisión de Vecinos, cuyo miembros durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, renovándose, del Departamento Deliberativo y la Comisión de Vecinos, por mitades cada dos años”.
Finalmente propone que “Todas las autoridades del Departamento Deliberativo y las de la Comisión de Vecinos pueden ser reelectas una sola vez en forma inmediata” y que “los integrantes del Departamento Deliberativo en los municipios y de la Comisión de Vecinos en las comunas serán elegidos directamente por el pueblo, conforme con el sistema establecido para la elección de diputados”.
En la fundamentación, se deja expresado el texto de los artículos 5° y 123° de la Constitución Nacional, donde hace referencia a la autonomía municipal, y se señala que en el caso de Mendoza, “no existe reconocimiento de la autonomía municipal ya que todos los municipios se rigen por la ley orgánica 1079 y sus modificatorias, lo que generaría apra la provincia ser pasible de una declaración de inconstitucionalidad por no cumplimentar los lineamientos de la Constitución Nacional en su art. 123”.
Por ende, la reforma propuesta por los legisladores, “reconocería la autonomía municipal distinguiendo entre municipios y comunas según la población, sobre la base de los 18 municipios existentes en la provincia y dejando la reglamentación a las cartas orgánicas y a la ley orgánica”.
De la reunión, participaron además, los diputados Gustavo Majstruk (FPV), Rómulo Leonardi (PD) y Gustavo Villegas (UCR), y la senadora Wanda Paredes (FPV).