• Adquisición de equipamiento para seguridad vial (identificadores de patentes, de velocidad, radares y elementos complementarios) por un valor de hasta veinticuatro millones de pesos ($ 24.000.000).
• Adquisición de chalecos antibalas, uniformes policiales, pistolas nueve milímetros, quinientas mil municiones y equipamiento especial, por un monto total por todo concepto de hasta setenta millones de pesos ($70.000.000).
• Plan de obras de mejoramiento y refacción de ciento sesenta y cinco (165) DEPENDENCIA POLICIALES por un monto de hasta ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000).
• Plan de obras de mejoramiento y refacción de unidades penitenciarias por un monto de hasta ciento veinticinco millones de pesos ($125.000.000).
• Plan de obras de mejoramiento y refacción de unidad penitenciaria de San Rafael por un monto de hasta treinta y cinco millones de pesos ($ 35.000.000)
• Fortalecimiento del sistema judicial en materia penal por un monto de hasta veinticinco millones de pesos ($ 25.000.000) destinado a construcción y/o mejoramiento edilicio, de comisarías de la mujer (Ley 8804), unidades fiscales en general y especiales contra la violencia intrafamiliar y de género.
Asimismo, la media sanción autoriza al Ministerio de Seguridad a celebrar convenios para optimizar la aplicación de los recursos estratégicos y tecnológicos afectados al servicio de Seguridad Pública. En el mismo sentido, Seguridad podrá reasignar partidas de bienes de capital y/o servicios corrientes, dentro de su propia jurisdicción de acuerdo a las necesidades.
De igual forma, se faculta a dicha cartera a “convocar al personal de las Policías de la Provincia de Mendoza y del Servicio Penitenciario en situación de retiro efectivo a prestar servicio en condiciones de igualdad en cuanto a la remuneración y condiciones laborales del personal en actividad según las funciones y asignación de tareas que se le otorguen en el marco de la presente ley. A tal fin el Ministro de Seguridad podrá tomar las decisiones que juzgue pertinente, teniendo en cuenta criterios de oportunidad, mérito y conveniencia”.
Se aclara que en ningún caso podrá reintegrarse a quienes hayan sido condenados en causas vinculadas con delitos de lesa humanidad, que se encuentren procesados penalmente o que hayan pasado a retiro obligatorio por razones disciplinarias.
En otro orden, el Ministerio de Seguridad deberá enviar un informe cuatrimestral a la Comisión Bicameral de Seguridad de la Legislatura respecto del avance de las metas previstas.
Finalmente, se resalta que la iniciativa faculta al Ministerio de Seguridad a adoptar inmediatamente todas las medidas que resulten necesarias, persiguiendo los siguientes objetivos: optimizar los recursos humanos, tecnológicos y materiales, así como la adecuada prestación del servicio de cada área, incluyendo las competencias parciales, conexas y/o complementarias, a fin de garantizar las mejores acciones preventivas, operativas y resocializadoras; garantizar derechos, condiciones, elementos de trabajo y hábitat laboral del personal policial y penitenciario de la provincia de Mendoza a los fines de que puedan cumplir y desarrollar correcta y eficientemente el servicio a su cargo.