En tal sentido las modificaciones propuestas crean el Programa de Erradicación de la Brucelosis, consistente en un plan de vacunación obligatoria, intensivo y sostenido en el tiempo, de los planteles caprinos existentes en todo el territorio de la Provincia de Mendoza, desde la publicación de esta ley y por un término mínimo de diez (10) años.
Por el Artículo 2º se destinará la Partida Presupuestaria, de pesos cinco millones ($ 5.000.000.-) en el Ejercicio 2.019, renovándose dicha partida automáticamente, por el plazo de diez años.
La Brucelosis Caprina es una Zoonosis con alto impacto en la salud pública y la actividad reproductiva de los Hatos Caprinos de la provincia de Mendoza. Es una bacteria que produce una enfermedad infecciosa y contagiosa de los animales al humano que produce un fuerte deterioro físico y que tiende a ser crónica.
Por su epidemiología afecta especialmente a poblaciones humanas vulnerables, de escasos recursos, que viven en zonas alejadas de centros urbanos, con dificultades para ser diagnosticada y luego, dichas personas afectadas efectivamente concurran a realizarse los tratamientos adecuados.
Es importante mencionar que nuestra provincia posee 763.228 Caprinos y 3.385 Productores/Familias al 31/12/2017 según relevamiento de SENASA, números que hablan del impacto que la ley y el Programa tienen y tendrán en este sector.