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Modifican ley sobre Registro de Deudores Alimentarios Morosos Diputados convirtió en ley un proyecto por el cual se modifica la ley 6879, referida al Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Esta iniciativa corresponde al senador radical Sergio Bruni. En consecuencia las funciones del Registro serán las siguientes: Llevar un listado de todas las personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados y homologados por sentencia firme. Expedir certificados ante requerimiento simple de persona física o jurídica, pública o privada, en forma gratuita. Remitir nómina de deudores morosos alimentarios a la Administración Pública Provincial, centralizada o descentralizada, entes autárquicos, empresas y sociedades del Estado, obra social de Estado o cualquier otro organismo dependiente del Estado provincial, como así también a toda organización privada que así lo requiera. Remitir mensualmente al menos a un diario de circulación masiva en la Provincia de Mendoza y a cualquier medio periodístico que lo requiera, una nómina de los deudores alimentarios morosos. En el artículo 3° se establece la inscripción en el Registro, su modificación o su baja se hará solo por orden judicial. Será competente para intervenir el mismo Juzgado que haya dictado la resolución condenando a la prestación alimentaria –sea alimentos definitivos o provisorios- o que haya homologado el convenio que los haya fijado. El Juzgado competente deberá al tomar conocimiento de la mora en el cumplimiento de la obligación alimentaria, iniciar de oficio el trámite incidental al solo efecto de la inclusión en dicho Registro. La no tramitación por parte del funcionario será una falta administrativa grave, pasible de sanción.
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