Se incorporará la utilización de la Cámara Gesell en los casos donde sean víctimas menores de edad
La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley venido del Senado, iniciativa de Miguel Serralta (MC), al cual se le acumuló el presentado por la diputada Mónica Zalazar (PJ), el cual incorpora el artículo 234 bis, al Código Procesal
Penal de la Provincia, que incorpora e institucionaliza la Cámara Gesell cuando se trate de una víctima o testigo de algunos de los delitos tipificados en Código Penal, Libro Segundo, delitos contra el honor, la integridad sexual, el estado civil o libertad, que a la fecha en que se requiera su comparencia no haya cumplido los dieciséis años de edad.
La Cámara Gesell es una habitación con una pared vidriada espejada hacia adentro, con sistema de audio para comunicarse que evita la revictimización.
Los menores aludidos serán entrevistados por un psicólogo del Poder Judicial de la Provincia, pudiendo ser acompañados por otro especialista cuando el caso particular lo requiera, ambos designados por el órgano que ordene la medida, procurando la continuidad del mismo profesional durante todo el proceso, no pudiendo en ningún caso ser interrogados en forma directa por dicho órgano o las partes, salvo que excepcionalmente y por razones debidamente fundadas, el fiscal o la Cámara del crimen, lo pudiera autorizar.
Asimismo, el órgano interviniente evitará y desechará las preguntas referidas a la historia sexual de la víctima o testigo o las relacionas con asuntos posteriores al hecho.