Modifican aranceles notariales
La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto de ley por el cual se modifican artículos de la ley que fija honorarios a los escribanos.
La norma modifica los aranceles notariales e indica que los notarios que actúen en la jurisdicción de la Provincia y en el ejercicio de su función pública, percibirán sus honorarios con sujeción a las normas de la presente ley. La aplicación de la misma constituye un derecho irrenunciable de los notarios, y a la vez, una obligación inexcusable para ellos y para las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que requieran sus servicios.
En tanto, los notarios podrán percibir un honorario no sujeto a regulación alguna en aquellos actos en que actúen exclusivamente como profesionales del derecho para cuya prueba o eficacia jurídica no se requiera instrumento público. Los notarios podrán percibir un honorario superior, cuando las características o circunstancias del acto o su documentación notarial los justifiquen.