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Crean División de Búsqueda y Recuperación de Personas En la órbita de la Policía de Mendoza funcionará una División de Búsqueda y Recuperación de Personas, la cual desarrollará un sistema informático con interconexión a todas las dependencias policiales, fiscalías de instrucción, unidades fiscales y controles de ingreso y egreso a nuestra Provincia, a fin de permitir el trabajo conjunto en tiempo real. La iniciativa de la diputada radical Teresa Maza (Leandro Alem) tuvo media sanción de la Cámara. Se determina que la Dirección de Vías y Medios de Transporte creará, dentro de los 180 días de promulgada la ley, una base de datos, con la información que aporten las empresas de transporte, con el nombre, número de documento, origen y destino de sus pasajeros. La información deberá ser ingresada a la base de datos con una frecuencia que no supere los noventa minutos. Dicha base de datos será administrada por la División anti secuestros de menores. Cada terminal con acceso tendrá una clave personalizada para ingresar, permitiendo de esta manera la trazabilidad de los ingresantes al sistema. La nueva División creada por este instrumento legal deberá informar a la Dirección de Vías y Medios de Transporte cada vez que las empresas de transporte no cumplan con la carga de datos en tiempo y forma, debiendo en consecuencia esta repartición proceder a la aplicación de las sanciones que se establecerán en el decreto reglamentario. Además, se establece en la Provincia la jurisdicción única para la recepción de denuncias por averiguación de paradero de menores, siendo de esta manera obligatoria la recepción de denuncias en cualquier sede policial, fiscalías de instrucción o unidades fiscales con prescindencia del domicilio del denunciante o último domicilio conocido del menor. Ante la presentación solicitando la averiguación de paradero de un menor, el funcionario actuante deberá caratular como averiguación de paradero el desconocimiento del paradero del menor desaparecido, salvo que expresamente se indique que la situación denunciada es de impedimento de contacto. Para poder proceder a caratular la denuncia como impedimento de contacto el funcionario que indubitablemente indique que no se trata de un secuestro o traslado forzoso.
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