La iniciativa, como se recordará, fue aprobada en general en la sesión del pasado miércoles 27, en tratamiento sobre tablas con el voto de las bancadas de la UCR y del PJ.
Del artículo primero del despacho queda para su debate en el ámbito de cada bloque la posibilidad de otorgar o no asistencia financiera a organismos del estado y empresas concesionarias de los servicios públicos.
Carlos Bianchinelli, titular del PJ, siguiendo con la postura hecha pública desde el lanzamiento del proyecto, sostiene que la asistencia financiera debe ser orientada fundamentalmente a las pequeñas y medianas empresas y a las municipalidades dentro de los montos garantizados por los fondos de coparticipación.
Para Raúl Vicchi, de la UCR, en cambio, si el estado es obligado a depositar sus recursos en el banco, debe tener también la posibilidad de ser sujeto de crédito.
Otros acuerdos
En este nuevo avance del tratamiento del despacho, se acordó que el banco no podrá otorgar asistencia financiera cuya tasa de interés sea inferior al 80 por ciento de las tasas de mercado. En caso que se disponga la financiación obligatoria a tasas menores, el estado provincial deberá afrontar frente al banco los costos diferenciales, con la aprobación presupuestaria pertinente y que exista el efectivo ingreso al banco.
Otro de los acuerdos es que el banco por crearse tendrá entre sus funciones la de ser receptor de las rentas provinciales y municipales; además deberán depositarse en él los recursos del estado provincial, de las municipalidades y de sus organismos centralizados, descentralizados y autárquicos, como así también los depósitos judiciales. En todos los casos, se tendrán en cuenta los convenios preexistentes con otras entidades financieras en lugares donde no opere el banco por crearse.
Igualmente, hubo concordancia en que las autoridades representantes de la provincia serán seleccionadas mediante concurso público. En el mismo sentido, se incrementan en 6 millones de pesos las partidas presupuestarias del Ministerio de Economía para adquirir, acondicionar y equipar la casa matriz de la entidad. Parte de esta misma suma se invertirá en la contratación de la consultoría.
Otro paso importante fue confirmar el incremento de partidas de transferencias corrientes del Ministerio de Economía en 30 millones de pesos para integrar el capital inicial de la institución.
En idéntica dirección, se preveen los mecanismos para que participen en el banco las personas privadas y otras personas públicas que se interesen mediante la adquisición de hasta el 49% de sus acciones.
Se define, por otra parte, el mecanismo para la adquisición de las acciones y se deja abierta la posibilidad de que en los estudios de consultoría se analice una eventual articulación del Banco de la Provincia con el Fondo de Transformación y Crecimiento.
Por último, queda expresamente manifestada en el despacho la necesidad de reforma del artículo 218 de la Constitución de la Provincial con el objeto de asegurar la prohibición de que el capital público del banco sea eventualmente transferido, disminuido o privatizado.
En este aspecto, otra posibilidad es que se dé curso, mediante un despacho aparte, el proyecto de ley de Néstor Piedrafita (AR), para que se apruebe, a través de una enmienda, la reforma únicamente del artículo 218 de la C.P., con igual propósito