mismas, permiten una protección integral ante contingencias sociales, económicas o naturales brindando un marco seguro de los servicios que componen el sistema turístico.
Se trata de proteger todos los recursos de la actividad turística, creando conciencia de "turista protegido", en los prestadores de servicios turísticos, tanto emisivo como receptivo y en la población en general.
Otro de los objetivos es desarrollar la formulación de metas que hagan posible medir el grado de consecución de los objetivos propuesto en el relación al turista protegido, fijándose como patrones de medida: las políticas implementadas por el Estado nacional (en normas de calidad); incentivando a que las empresas certifiquen servicios; diseñar un sistema de evaluación que determine el grado o estado de avance en los procesos de cambio; actualizar el control de acuerdo al desarrollo y crecimiento del turismo y fijar metas anuales hasta el 2010 de crecimiento, teniendo en cuenta inversiones actuales y futuras, considerando alojamiento, transporte y sobre todo infraestructura.
Se dispone también que la Secretaría de Turismo de la Provincia realice la asignación presupuestaria y de personal, tendiente a lograr los objetivos y fines fijados en esta ley con el objeto de desarrollar el concento de turista protegido.
En la ley se consigna también la creación dentro de la Secretaría de Turismo del Programa de Asistencia al Turista. Se deberá destinar un espacio bajo el nombre de Centro de Atención de Contingencias del Turistas, como lugar de referencia.
El programa tendrá como objetivo: prevenir todo acto que ponga en riesgo la integridad del turista; brindar información rápida y eficaz en caso de contingencia; contener al turista; controlar e informar a las autoridades competentes sobre las ventas de servicios turísticos callejeros; promover la buena atención y la correcta información turística.
Serán funciones del Asistente Turístico: controlar e informar de inmediato al Centro de Atención en caso de alguna anomalía observada en la vía pública; recepcionar y transmitir el reclamo pertinente al Centro; prestar servicios de información turística a quien lo precise promoviendo el interés por todos los atractivos de la Provincia; realizar encuestas de satisfacción de clientes y otras encomendadas por la autoridad de aplicación e informar a su superior en forma inmediata de toda maniobra en referencia a la seguridad en la vía pública.
El asistente turístico deberá ser identificado con una vestimenta con la leyenda correspondiente, con fines de promoción en seguridad. Será requisito para se asistente tener conocimiento básico de información turística; inglés, portugués y relaciones públicas.
El Centro de Atención de Contingencias estará bajo la responsabilidad de un director y será atendido en forma permanente los 365 días del año por el cuerpo de inspectores, que serán los responsables de captar la información otorgada por el asistente, procesarla y derivarla si es necesario o resolverla. Debe realizar el correcto control solucionando eficaz y eficientemente todo tipo de contingencia turística.
Se convocará a los entes académicos para que propongan pasantes que serán rentados como asistentes turísticos.