Además, los cursos de capacitación deberán realizarse no menos de dos veces al año en cada departamento y por el tiempo de dos jornadas, debiendo ser notificados por medio de circulares o resoluciones de la DGE, todos los establecimientos educacionales de la Provincia, públicos, privados, modificándoles la participación obligatoria de los docentes, no docentes y alumnos, y comunicándoles también del otorgamiento de puntaje por asistencia.
Finalmente, los profesionales y médicos que se encuentren frente a los docentes, no docentes y alumnos, deberán realizar las clases teóricas necesarias, como así también las prácticas, utilizando los elementos que favorezcan el conocimiento y faciliten la interpretación mediante la demostración de material didácticos, como por ejemplo muñeco de reanimación cardiovascular.