Del mismo modo, otra modificación expresada en el proyecto tiene por objeto impedir que el imputado pueda hacer consultas reservadas con su defensor durante el transcurso de la declaración, ya que esto posibilita que “los abogados defensores guionen las respuestas de sus defendidos impidiendo el descubrimiento de la verdad” afirmó Petri. Asimismo el legislador resaltó que “es imprescindible garantizar la defensa técnica antes de la declaración y con posterioridad a la misma pero las consultas reservadas que preveía nuestro Código Procesal Penal, siendo el único en el país, no deberían desarrollarse de ese modo”. Por todo ello, la redacción propuesta para el último párrafo del artículo nº 271 expresa que “el imputado podrá también hablar con su defensor sin que por esto el acto se suspenda, pero no podrá hacerlo durante su declaración o antes de responder preguntas que se le formulen. Nadie le podrá hacer sugerencia alguna”.
Por último, la iniciativa propone que en casos urgentes, los fiscales puedan requerir de organismos públicos o privados informes verbales “los que deberán ser expedidos inmediatamente por la autoridad, entidad o persona privada requerida”.
Prensa marzo 31