Como así también con invitaciones a formar grupos o integrar sectas que fomenten prácticas sexuales, de mala alimentación (anorexia o bulimia), consumo de drogas o alcohol y actividades violentas, terroristas y/o apología de delitos. Finalmente con acceso a juegos y/o páginas de internet que contengan juegos, imágenes o información sobre cualquiera de los temas especificados anteriormente.
El titular y/o responsable del establecimiento podrá desactivar los filtros de contenido sobre páginas pornográficas y violentas en sus equipos de computación, cuando los usuarios de los mismos sean mayores de 18 años.
Controles
Por otra parte se establece que la Dirección de Fiscalización y Control tendrá a su cargo la realización de los operativos de control y posterior denuncia a la autoridad competente.
Asimismo, deberá habilitar una línea telefónica gratuita (0800) a efectos de recibir denuncias de incumplimiento a las disposiciones de esta normativa.
También deberá exigirse a los propietarios o responsables del local, la exhibición de cartelería y cualquier otro medio gráfico que permita informar a los asistentes, de manera clara e inequívoca, sobre los horarios de permanencia de menores de 18 años, las limitaciones de acceso a sitios no permitidos y el número telefónico gratuito para la realización de denuncias.
En cuanto a los locales actualmente habilitados que brinden acceso a internet, se dispone que tendrán un plazo de 90 días para adaptarse a las disposiciones de esta ley.