Dentro del articulado de la norma se establece que los objetivos de los Centros serán: garantizar la participación estudiantil y el de su comunidad educativa, asegurando el derecho a opinar; contribuir al desarrollo de una cultura política pluralista donde el debate de las cuestiones de la esfera pública esté directamente relacionada con la búsqueda del consenso a través de la discusión y deliberación; apelar a la responsabilidad y capacidad de los alumnos para darse sus propias formas de organización y representación; entre otros
Se agrega además que se buscará desterrar todo hábito de aislamiento, discriminación y comodidad delegativa, fomentando la participación protagónica de los alumnos en pos de la consecución de los ideales libertarios, de igualdad, de solidaridad y de justicia y familiarizar a los jóvenes con los principios de republicanismo cívico, la democracia constitucional y las formas de asociativismo.
De acuerdo a lo expresado en la iniciativa, se facultará a los Centros a darse su propio estatuto, que podrá ser modificado antes de cada elección de autoridades. La elección de las mismas se realizará conforme al principio de representación proporcional: por lista con fórmula de Presidente y Vice, 5 vocales titulares y 5 vocales suplentes.
Por otra parte, se establece que la Dirección del establecimiento escolar arbitrará las medidas para asegurar el funcionamiento de los Centros, asignándoles para tal fin un espacio físico, además de garantizar permanente apoyo y asesoramiento a los alumnos.
Finalmente, se destaca que, en ocasión de realizarse las Jornadas de reflexión sobre adicciones en junio de 2010 en la Legislatura, asistieron más de trescientos adolescentes de 100 escuelas de quince departamentos de la provincia, en las que se efectuó un relevamiento a fin de indagar sobre el interés de ellos para organizarse en Centros de Estudiantes, en las que se puso de manifiesto sus deseos de participación.
Resulta importante enfatizar que hasta el momento el funcionamiento de los Centros de Estudiantes ha sido regulado por la resolución nº 237, emanada de la Dirección General de Escuelas en el año 1.985.