Se dispone igualmente que las subrogancias en dichos tribunales se resolverá por acordada de la Suprema de Justicia teniendo en cuenta la distancia entre los mismos, a fin de facilitar el más rápido acceso posible, por parte de los jueces subrogantes y público en general.
Mediante la misma ley, se crean siete juzgados de Familia, en la Primera Circunscripción Judicial, denominados Ocho, Nueve, Diez, Once, Doce, Trece y Catorce Juzgado de Familia, cuyas secretarías serán nominadas con los números de los juzgados a que pertenezcan, respectivamente.
En el caso de la ampliación de la competencia, dijo el diputado Ciurca que la finalidad de esta ley está dada por la necesidad de acercar a los centros poblacionales, en la medida de lo posible, la presencia de tribunales que resuelvan necesidades primarias de la población, evitando los traslados de personas que necesitan tal asistencia.
En cuanto a los tribunales de familias, el diputado Ciurca señaló que el objetivo permanente de mejorar el servicio de justicia del menor hace necesaria la modificación de estructuras y competencias, dentro de la materia de minoridad a que se refiere la ley 6354, que corresponde a los tribunales de familia.
De esta manera, la creación de siete nuevos juzgados de familia, que se suman a los siete ya existentes, con personal que en la actualidad cumple funciones en las secretarías vespertinas, hace que la creación propuesta resulte económicamente de escasa relevancia o casi ninguna.
En ambos casos, agregó el diputado Ciurca, los respectivos anteproyectos fueron aportados por la Suprema Corte de Justicia, a través del área de Proyectos Especiales. Su solicitud está sostenida en los conocimientos jurídicos y técnicos respecto al funcionamiento del Poder Judicial.