Se instituye, también, como autoridad de aplicación al Fondo Provincial para la Transformación y el Crecimiento (FTyC).
Se agrega, además, que los recursos tendrán afectación específica al objeto establecido en la iniciativa, no pudiendo destinarlos a una finalidad diferente.
Por su parte, el Poder Ejecutivo estará facultado a afectar en garantía y/o ceder en propiedad fiduciaria para el pago de operaciones, los recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos que le corresponda a Mendoza.
Asimismo, el FTyC estará autorizado a disponer de la suma de 20 millones de pesos para la puesta en marcha de éste programa hasta que sean transferidos los recursos para el desarrollo de la actividad.
Por último, el Poder Ejecutivo estará facultado a incrementar el crédito presupuestario del Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación hasta 50 millones de pesos, el cual estará autorizado a transferir los montos obtenidos en virtud de la presente para ser integrados como recursos de la Autoridad de aplicación: el FTyC.
Finalmente, entre los fundamentos de la iniciativa se explica que la norma pretende asistir a pequeños y grandes productores en tecnificación y modernización de sus sistemas de riego agrícola, beneficiándolos directamente y mejorando la eficacia de la aplicación del agua con un consecuente ahorro de la misma y extendiendo las superficies irrigadas de la Provincia.
Prensa Septiembre 28