Creación del “Programa de inserción Laboral para jóvenes Profesionales Nacidos y Criados en Zonas Rurales”
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley, iniciativa de Gustavo Arenas (PJ), que crea el “Programa de inserción Laboral para jóvenes Profesionales Nacidos y Criados en Zonas Rurales”, en el ámbito del Ministerio de Trabajo,
Justicia y Gobierno, de la provincia de Mendoza. Su objetivo es desalentar el desarraigo, al priorizar que los egresados de universidades públicas o privadas nacidos y criados en zonas rurales se puedan desempeñar laboralmente en las mismas localidades o regiones de las que provienen y facilitar el acceso al primer empleo.
Mediante este programa se contratará, a requerimiento de los beneficiarios, a los profesionales universitarios egresados de establecimientos nacionales o provinciales, de gestión pública o privada, con títulos de validez nacional que correspondan a un ciclo de estudios inferior a cuatro años.
Asimismo, los beneficiario de esta ley, deberán haber nacido en zonas rurales de la provincia y cursado el ciclo primario y secundario en establecimientos educativos ubicados en dichas zonas y mantener residencia efectiva en ese lugar de origen.
Además, no podrán superar al momento de la presentación de la solicitud de ingreso, una antigüedad mayor a un año desde la fecha en que obtuvieron el título habilitante, y deberán presentan una propuesta o plan de trabajo vinculado a su región o comunidad.
Los contratos serán de locación de servicios y tendrán como objeto la prestación de servicios profesionales, con una duración de un año máximo, siendo improrrogable.
Esta ley es incompatible con cualquier relación laboral u otra locación se servicio que titularice el beneficiario, a excepción de la docencia.
Los beneficiarios contratados, prestarán sus servicios profesionales en los distintos Ministerios, Entes Descentralizados o Autárquicos de la Provincia, vinculados a su zona de origen y en los cuales resulten de aplicación los estudios cursados por los postulantes; también podrán prestar sus servicios en entidades u organismos nacionales con los cuales la Provincia celebre convenios.
Las reparticiones donde el profesional preste el servicio, serán las encargadas de ejercer la supervisión y dirección laboral del mismo.
Los profesionales contratados, cualquier sea su especialización, percibirán una retribución mensual equivalente a la Clase Profesional inicial del Escalafón Ley Nº 5126, por una prestación mínima de 30 horas semanales.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, quien además tendrá a su cargo la contratación de los beneficiarios.
Los gastos que demande la aplicación de la ley serán imputados al Presupuesto respectivo de cada ejercicio, en la partida “Locaciones de Servicio” y los ingresos provenientes del ítem “Multas” aplicados por la Subsecretaria de Trabajo, serán afectados en forma exclusiva a la ejecución del presente programa.
La iniciativa fue acompañada por todos los diputados oriundos de los departamentos alejados del Gran Mendoza.
Prensa Octubre 10