Por otra parte, se establece como contenidos transversales, prioritarios y obligatorios en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, en el ámbito de la Dirección General de Escuelas, los saberes relativos a la Ciudadanía del Agua. Los programas y subprogramas en relación a la educación formal de los niveles inicial, primario, secundario y superior, que deriven de la implementación de la presente norma deberán ser coordinados por la Dirección General de Escuelas.
Asimismo, se declara al mes de noviembre de cada año como “Mes del Agua”, tiempo durante el cual los organismos públicos centralizados y descentralizados de la provincia, deberán incluir en los actos y actividades que organicen la promoción de los valores de la Ciudadanía del Agua.
Se instituye también el Reconocimiento a la Responsabilidad Hídrica denominado “Ciudadano del Agua”, a favor de aquellas personas físicas o jurídicas que demuestren su compromiso y buenas prácticas con el cuidado del agua. Dicha distinción será otorgada en el Mes del Agua, por el Departamento General de Irrigación.
Además, se crea la Comisión de Ciudadanos del Agua, integrada por un representante por cuenca hidrológica de acuerdo a la reglamentación que se determine, que tendrá la facultad de proponer a Irrigación, las acciones concretas vinculadas al contenido del programa.
Otro aspecto contemplado en la ley es que el Programa Ciudadanía del Agua, deberá ser elaborado por el Departamento General de Irrigación y remitido al Poder Ejecutivo para su aprobación. El mismo será de aplicación obligatoria en todos los niveles del sistema educativo provincial, debiendo garantizarse la participación de todas las escuelas de la provincia.
Prensa diciembre 11