Dicha iniciativa se fundamenta en que “los derechos de la paternidad, y la maternidad y del niño/as, encuentra sustento al amparo de los diversos Tratados Internacionales de derechos humanos que a partir de la reforma de 1994 adquirieron rango constitucional” y además en que “el Estado Argentino ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos y se comprometió a respetar y garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos desde la igualdad y la no discriminación”.
Además, el texto expone que “el Estado Argentino también ratificó la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer” y “que los significados que las sociedades dan a la maternidad y a la paternidad han ido variando con el transcurso de la historia y según las diversas culturas, en relación con los roles asignados para el varón y la mujer”.
Finalmente, el articulado especifica que luego de su sanción definitiva, el Ejecutivo tendrá 90 días para la promulgación de la norma.