La iniciativa establece que los conductores de taxis, remises y otro tipo de servicio concesionado, que forman parte del Transporte Público de Pasajeros de la Provincia de Mendoza, deberán tener a la vista de los usuarios una credencial de identificación, que contenga: nombre y apellido del titular del permiso de explotación, nombre y apellido del chofer, número de Documento Nacional de Identidad del chofer, fotografía actualizada del chofer, fecha de inicio de actividad, número de aditamento y/o matrícula, fecha de emisión y de vencimiento de credencial, indicación del número telefónico previsto para realizar denuncias ante la autoridad competente.
Dicha credencial, deberá ser exhibida en un lugar fijo y visible para el público en general, de manera obligatoria y permanente. De no ser así, se multaría de 20 a 100 veces el monto de bajada de bandera. Esta sanción recaería en primer término sobre el permisionario del servicio público, y subsidiariamente sobre el conductor, salvo que ambas cualidades recayeran sobre la misma persona.
En el caso que no se haya tramitado la credencial, y que el conductor sea también titular del permiso de servicio concesionado, a la pena de multa se añadirá una pena de inhabilitación para la prestación del servicio de treinta días; y no se rehabilitará hasta que se haya obtenido la credencial respectiva y pagado la multa.