También se incluyen a aquellos que tienen cobertura con el coseguro cuando carezcan de recursos económicos propios o familiares, firmando los convenios respectivos con obras sociales, PAM;I, OSEP, Mutuales u otros prestadores de la salud, de acuerdo con la Ley 5532.
Este servicio estará dirigido a personas de más de 60 años “sanas y de riesgo”, que carezcan de jubilaciones, pensiones o pensionados graciables o que teniendo las mismas no tengan cobertura médico asistencial o que sus recursos económicos sean insuficientes.
Como objetivos tendrá, para el grupo de “sanos”, programas de promoción de la salud, prevención, detección precoz de enfermedades y recreación. En tanto, para los “grupos de riesgo”, el objetivo es la promoción, la prevención y la atención de salud y rehabilitación, cuya responsabilidad recae fundamentalmente sobre el Equipo de Atención Primaria.
Si existe alguna enfermedad de las categorías como el padecimiento de demencia, enfermedades graves neurológicas u otro tipo de enfermedad catastrófica, el objetivo es además asistencial y de rehabilitación, compartiendo la responsabilidad con la Atención Hospitalaria Especializada.
En cuanto a los objetivos generales, promueve prolongar la autonomía física, psíquica y social de las personas mayores para conseguir una vejez saludable, aumentar su expectativa de vida libre de enfermedad y discapacidad y favorecer la permanencia en su domicilio y/o entorno habitual, tendiendo a una mejor calidad de vida.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la provincia, quien invitará a las Direcciones de Salud Municipales a la creación de Áreas de Servicios en los Centros de Salud Municipales para que brinden asistencia al adulto mayor, firmando convenios entre ambas jurisdicciones.