Asimismo, se establece que las empresas autorizadas para actuar dentro del territorio de la Provincia, deberán contratar guías locales, incluidos en el registro provincial, para el ingreso de áreas turísticas que merezcan un tratamiento especial por sus contenidos culturales, naturales o arqueológicos.
Las empresas que no cumplan con la norma serán sancionadas con multas cuyo monto será determinado y ejecutado por la autoridad de aplicación, debiendo ser abonada por la empresa de viajes y turismo, en idénticas condiciones que para otro tipo de multas establece la autoridad de aplicación.
En caso de reincidencias la autoridad de aplicación determinará los montos y modalidad de sanciones a aplicar.