Así el arancel para el servicio que presta el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, en las condiciones extraordinarias que se prevé serán para la celebración de matrimonio en oficina móvil, en día u horario inhábil de cuatrocientos sesenta pesos ( 460,00).
También se modifica el importe del adicional percibido por la realización de los trámites transferidos al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas para todo el personal que presta funciones en esa repartición, quedando establecidos los siguientes importes:
Para los agentes que cumplan la función de oficiales públicos y suscriban los certificados ciento cincuenta pesos (150,00)
Para los agentes de planta permanente que prestan servicios en la repartición cien pesos (100,00).
Este adicional es remunerativo y no bonificable, estando en consecuencia sujeto a los aportes y contribuciones previsionales y asistenciales vigentes