Adhesión de la provincia al Estatuto del Periodista Profesional
La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto impulsado por Claudio Díaz, Gustavo Arenas y Alejandro Viadana (PJ), por el cual la provincia de Mendoza adhiere a lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Nacional 12.908 “Estatuto del
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Periodista Profesional”.
La ley, contempla que “las reparticiones de la Administración Pública Provincial que dependan del Poder Ejecutivo, incluyendo organismos autárquicos, descentralizados, sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria, y los Poderes Legislativo y Judicial, no podrán disponer publicaciones de ninguna índole condicionadas a un régimen de tarifas, en diarios, revistas, periódicos, órganos de difusión u otro medio de comunicación audiovisual, cualquiera sea el soporte que utilice, que ocupe personal comprendido en las previsiones de la Ley Nacional 12.908 (Estatuto del Periodista Profesional) y Decreto-Ley 13.839/46 (Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas) o la que las reemplace o sustituya, que no cumplan con las disposiciones de dichas normas, y de toda la legislación social que ampara los derechos de los trabajadores de prensa”.
Además, la iniciativa indica que “la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia o el organismo que lo reemplace deberá informar al Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, y éste a los organismos encargados de la contratación de la publicidad oficial, en un plazo no mayor a los quince (15) días de entrada en vigencia de la presente ley, y posteriormente una vez al mes, los incumplimientos de la legislación laboral o de la seguridad social que se constaten en los medios de comunicación ya sea, por tareas de inspección, denuncia de particulares, o presentaciones de los sindicatos de la actividad garantizando el derecho de defensa”.